CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE
Año 2005 VIII Legislatura Núm. 84
PRESIDENCIA DEL EXCMO. SR. D. MANUEL MARÍN GONZÁLEZ
Sesión plenaria núm. 79 ,celebrada el jueves, 21 de abril de 2005
– PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE MODIFICA EL CÓDIGO CIVIL EN MATERIA DE DERECHO A CONTRAER MATRIMONIO. (Número de expediente 121/000018.)
El señor PRESIDENTE: Continuamos con el debate y posterior votación de las enmiendas al proyecto de ley por el que se modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio.
¿Existe algún turno a favor de las enmiendas? (Pausa.) ¿Algún grupo parlamentario desea ejercer un turno en contra? (Pausa.) Si no es así, pasamos al turno de fijación de posición.
Por el Grupo Mixto tiene la palabra el señor Rodríguez.
El señor RODRÍGUEZ SÁNCHEZ: Gracias, señor presidente.
Señoras y señores diputados, recordarán que el Bloque Nacionalista Galego cuando se hizo el debate de totalidad de este proyecto de ley habló de que se trataba de democratizar la institución civil del matrimonio, un proceso de democratización que es imparable, pero también (hay que decirlo) muy lento históricamente. Empezó sin duda con el proceso de lucha por la igualdad jurídica de la mujer, pasó por aceptar el divorcio, fenómeno del cual hoy hemos dado un paso adelante basándolo fundamentalmente en la voluntad de los cónyuges, siguió y sigue por tanto con el proceso de desvincular la institución de aspectos o de valoraciones de carácter sexista, no sexual, y por tanto la última fase es la de que la institución no sea excluyente con las personas por su orientación sexual. La apertura a las personas con conducta homosexual debe quedar clara con los mismos derechos, incluidos los de adopción, que se reconocen a las personas tanto si mantienen solamente el criterio de convivencia en familias que no llevan consigo cualquier tipo de relación afectiva o sexual como en el caso de las parejas hetereosexuales. Por tanto estamos abogando y formalizando jurídicamente el acceso a beneficios en materia tributaria, como tienen las parejas heterosexuales que se casan, en materia sucesoria, en materia de protección social y de adopción. Dijimos también, señorías, que se trataba de un proceso que acaba con un recelo secular en contra de las mujeres, a las que se consideró siempre menores de edad, y al mismo tiempo con el recelo y minusvaloración frente a las personas homosexuales; en definitiva abrirse definitivamente a los excluidos. Dijimos también que se trataba de luchar contra la losa de los tabúes, de los prejuicios y de la sacralización, por mucho que aún estos días el nuevo pontífice arremetiese con total falta de comprensión contra la homosexualidad y contra la convivencia entre homosexuales. Efectivamente estamos en un proceso de laicismo, que no es compatible con la confesionalidad sacralizada que la iglesia católica intenta llevar a todos los ámbitos de la vida civil. Una cosa es el respeto mutuo que debe guiar las relaciones Iglesia-Estado y otra cosa es el deber ineludible, sobre todo en el campo del derecho de las personas, de dejar al margen las valoraciones morales de tipo religioso.
Por eso, asumiendo plenamente el dictamen de la ponencia y por tanto votando a favor del resultado final del debate colectivo que hemos tenido, decidimos mantener dos enmiendas que nos parecen que tienen cierto calado. La primera es dejar claro que dos personas del mismo sexo tienen derecho a contraer matrimonio entre sí de igual modo que el hombre y la mujer. En concreto el artículo 44 del Código Civil quedaría redactado de la siguiente manera: También tendrán derecho a contraer matrimonio civil ante el juez, alcalde o funcionario, señalado en el artículo 49.1, dos personas del mismo sexo, conforme a lo dispuesto en este Código. El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo.
Por último, otra enmienda se basa en que una cosa es la ley y otra es la realidad, y muchas veces una ley clara, bien intencionada, sin ambigüedades puede ser después reducida con iniciativas colaterales de tipo legal. Se trata de garantizar la no discriminación por razón de la orientación sexual en todo el ordenamiento jurídico, por eso nosotros proponemos una disposición adicional segunda nueva que rezaría así: Uno, no podrá establecerse en la legislación ninguna norma que directa o indirectamente suponga discriminación por razón del grupo familiar del que una persona forma parte, tenga este su origen en el matrimonio de dos personas de distinto o del mismo sexo. Dos, las normas de desarrollo reglamentario de las leyes, si expresamente no estuviera dispuesto en las mismas, concederán el mismo tratamiento jurídico a todas las personas, con independencia de la naturaleza del grupo familiar al que pertenezca.
Señorías, pensamos que esta forma de explicitar la garantía de que los grupos familiares de origen heterosexual u homosexual tengan el mismo trato jurídico es fundamental, precisamente en una sociedad con instituciones, empezando por las de la Administración de Justicia, que tendrán tendencia a buscar cualquier vericueto para actuar en casos puntuales de una forma no equitativa.
Acabo ya, señor presidente, diciendo que este trámite acaba en cuanto al Congreso aquí y hoy y sin duda coloca al Estado español en la vanguardia de homologación de derechos entre las personas. Esperemos que este cambio cualitativo, sin duda revolucionario, valga para acabar con muchos años, siglos de discriminación y en todo caso para que la sociedad en su conjunto mejore su mentalidad cívica, colectiva y social, que buena falta nos hace.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Rodríguez.
Por el Grupo de Coalición Canaria, señor Mardones.
El señor MARDONES SEVILLA: Muchas gracias, señor presidente.
Dado que mi grupo no presentó enmiendas en los trámites previos de ponencia y de Comisión a este proyecto de ley sobre el derecho a contraer matrimonio, va a votar favorablemente el dictamen que nos llega de la Comisión de Justicia y que habíamos respaldado con los argumentos que allí se habían explicitado. Por tanto en este trámite solo queremos ratificar, señor presidente, nuestro voto de apoyo al dictamen de la Comisión en este proyecto de ley.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Mardones.
Izquierda Verde, señora Navarro.
La señora NAVARRO CASILLAS: Gracias, señor presidente.
Hoy no es el día definitivo (nos queda el Senado y la vuelta al Congreso) pero sí es un día fundamental. Es un paso más hacia la igualdad que los colectivos de defensa de los derechos de gays, lesbianas y transexuales han venido a celebrar con nosotros. Vosotros sois hoy los protagonistas y en nombre del Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds os felicitamos enormemente por vuestro trabajo de lucha, que sin duda nos ha conducido hoy a disfrutar de una mayoría suficiente en esta Cámara para aprobar esta ley. Habéis convencido a la sociedad y a sus representantes de lo que para muchos, como para nosotros, los representados en nuestro grupo parlamentario, siempre ha sido una obviedad, y la prueba la tenéis en el “Diario de Sesiones”. El reconocimiento de vuestra lucha ha quedado recogido en la exposición de motivos a través de una enmienda de Izquierda Verde, como sencillamente debía ser porque sois el auténtico motor de este avance transcendental. Un cambio de percepción social que desde finales del franquismo ha sido enorme: ONG, sindicatos, partidos políticos y personalidades se han ido sumando a esta causa. Así, en 1975, el 83 por ciento de los encuestados consideraba que la homosexualidad debía ser extirpada de la sociedad. En 1997, según una encuesta del CIS, un 57 por ciento aceptaba el matrimonio homosexual. La antigua ley de vagos y maleantes fue reformada el 15 de julio de 1954 para introducir a los homosexuales junto a los proxenetas y los rufianes. En la ley de peligrosidad y rehabilitación social de 1970 se castiga la homosexualidad con el internamiento en centros de reeducación. Fue entonces cuando surgió el movimiento en España de la liberación homosexual. En 1978 se dio el primer paso legislativo hacia la justicia con las personas de orientación homosexual al excluir la homosexualidad de esta ley. En 1980 se legalizó el Fron de gramanet gay de Cataluña. En 1995 el nuevo Código Penal incluyó el concepto de la orientación sexual con pleno reconocimiento de derechos como cualquier otro ciudadano, introduciendo también la referencia expresa a las parejas de hecho. En 1998 Cataluña aprueba la primera ley de parejas de hecho, a la que por supuesto siguieron otras. Estas leyes de parejas de hecho nos han aportado la visualización de los diversos modelos de familia ya existentes en nuestra sociedad. Es evidente que estamos ante una larga lucha, una lucha que esconde la vulneración de derechos humanos, la discriminación y mucho sufrimiento que no acaba hoy ni mañana, pero que trabajaremos para que acabe cuanto antes. Y este es el compromiso de nuestro grupo parlamentario.
Parece necesario recordar, además, ante las afirmaciones que se hacen continuamente por parte de sectores conservadores, que la homosexualidad es simplemente una variante más de la conducta sexual humana, reprimida en la mayor parte del cuerpo social y que, a pesar de ello, se manifiesta en el mundo occidental, según dicen, en un seis o siete por ciento de la población, y que es practicada con mayor o menor frecuencia por más del 30 por ciento de las personas. Como he dicho, es muy larga la estela de sufrimiento moral y físico de las personas de orientación homosexual a lo largo de la historia y del estigma que ha pesado y pesa sobre ellas. En el siglo XIII, el castigo por la homosexualidad era la castración o lapidación; en la Inquisición, la hoguera. Las personas de orientación homosexual han sido víctimas, incluso en un pasado reciente, de agresiones por parte de psiquiatras y psicólogos, como la medicación para corregir esta conducta.
Es evidente que la homosexualidad no se puede considerar en ningún modo una patología. Sin embargo, la homofobia, el miedo o pánico homosexual sí que lo es, y su raíz es el estigma o tabú social asociado con la homosexualidad. En este sentido, uno de los tratamientos recomendados es la biblioterapia, es decir, leer libros rigurosos y bien fundamentados en el tema.
¿Se dan cuenta, señorías, del voto en contra, que el derecho a contraer matrimonio no se le ha negado a nadie en nuestra sociedad? Ni siquiera a un convicto por delito grave; eso sí, con tal de que se case con una persona de sexo diferente. Pues nótese que a las personas del mismo sexo no se les ha negado el derecho al matrimonio por su orientación sexual, sino sólo por pertenecer al mismo sexo biológico. Ello nos conduce sencillamente a una falta de respeto hacia la dignidad de las personas y la igualdad como ciudadanos y seres humanos que, al fin y al cabo, pagan sus impuestos igual que todos. Pero hoy vamos a acabar con la discriminación jurídica en el acceso a una institución basada en un contrato civil entre dos personas que se conceden ciertos derechos y se comprometen a ciertas obligaciones.
Resulta difícil entender la oposición radical de algunos a este cambio si no se presupone que por debajo de los argumentos que esgrimen subyace una posición homófoba. Con fecha 24 de octubre de 2003 el señor Zaplana manifestó, según El País, que veía folclórica y esperpéntica la petición de matrimonio de los activistas gays. El 23 de abril de 2001 Ana Mato dijo: el plan de familia no incluiría a las parejas de hecho porque no son una prioridad para el Partido Popular. Imagino que después la portavoz del Grupo Popular dirá que sí, que las parejas de hecho son una prioridad y reclamará esa famosa ley de parejas de hecho. Señores del Partido Popular, lo cierto es que nunca ha sido así hasta ahora.
Ciertamente la concienciación social y política sobre la cuestión homosexual se ha incrementado mucho, pero no para todos. Sería deseable que, igual que se han penalizado las expresiones públicas de xenofobia, se hiciera lo mismo con la homofobia, de modo que las personas con orientación homosexual no pudieran ser en ninguna circunstancia denigradas impunemente en público. Las personas de orientación homosexual han sido víctimas de humillaciones injustificadas a lo largo de los siglos o incluso en algunos medios de comunicación y por algunos partidos políticos. Se ridiculiza su orientación sexual al tiempo que se les niega el derecho a los sentimientos y manifestaciones más hermosas que experimenta el ser humano, todo aquello que llamamos amor y la maravillosa aventura del romance. No lo vamos a permitir más. Hoy, con nuestro voto, acabamos con una parte de esa tamaña injusticia e invitamos a los sectores conservadores a abrir los ojos para que respeten precisamente eso y sencillamente eso, que es el amor.
Gracias. (Aplausos.)
El señor PRESIDENTE: Muchas gracias, señora Navarro.
Grupo Vasco. Doña Margarita Uría.
La señora URÍA ETXEBARRÍA: Muchas gracias, señor presidente.
Señoras y señores diputados, nuestro grupo se felicita porque haya venido a la Cámara este proyecto de ley que pretende igualar en las relaciones de familia a todas las personas con independencia de su identidad sexual.
Nos parece ciertamente un avance en cuanto a la consecución para todos de las llamadas libertades civiles. Es esta una opción que nuestro grupo ha apoyado siempre. Ahora bien -así lo manifiesto y así se evidencia en nuestras enmiendas-, es esta una materia, el que se denomine matrimonio o no, en la que hay convicciones personales, sensibilidades distintas e incluso ideario no necesariamente religioso que pueden llevar a adoptar posturas distintas a unos y a otros. Nuestro grupo tiene, por tanto, libertad de voto pero dentro de los límites que señalaré. No hay duda, señorías, que todos somos partidarios de la que la integridad de derechos de las personas homosexuales y heterosexuales ha de ser idéntica en las relaciones de familia. La variedad en la distinción de votos, si es que lo hay, está en que se le dé o no el nomen iuris matrimonio a la institución que se crea cuando se contrata o se decide establecer una unidad convivencial de esta índole. Digo que no sé cuántos de mis compañeros votarán en un sentido porque mi respeto con el propio ideario de cada uno y por las propias convicciones me ha llevado a que ni siquiera les pregunte cuál será hoy el sentido de su voto, pero que quede bien claro que no hay oposición a la identidad de derechos para las personas homosexuales, sino única y exclusivamente diferencia en cuanto a la conveniencia de denominar a esta institución matrimonio o no. Obedece a ello que mi formación política tenga presentadas un número de enmiendas, de la número 7 a la número 10, y luego haré referencia a la enmienda número 11.
De acuerdo con lo sugerido también en el dictamen del Consejo de Estado, hablando de la identidad de derechos, se establece sin embargo la precisión de que a esta institución no debiera dársele el nombre de matrimonio y va en relación también con lo manifestado en un conocido auto del Tribunal Constitucional -que, sin duda, será objeto de cita por quien intervenga en nombre del Grupo Popular-, si bien nosotros entendemos que tanto el Consejo de Estado como el auto al que he hecho referencia están aludiendo a las posibilidades del legislador ordinario.
Siendo nosotros como somos el legislador ordinario, creo que no habría inconveniente en que aquí y en este momento adoptemos una decisión distinta respecto de esta posibilidad; decisión distinta que, insisto, es la que esta diputada sostiene, si bien admite la postura que puedan tener otros compañeros de formación política, pero siempre con la variable inamovible de que nuestro voto es para el reconocimiento de identidad de derechos de las personas, sean homosexuales o heterosexuales.
Señorías, no quiero dejar de hacer referencia, aunque mi intervención en este caso será corta, a la alusión que se hace respecto de la posibilidad o no de adopción, quizá uno de los temas más polémicos dentro de la materia que va a ser hoy objeto de aprobación en el dictamen de la Comisión, si es definitivamente aceptado, como así parece por las posturas manifestadas por los grupos en el Pleno. Nuestra formación política está en esto vinculada por lo que fue decisión del Parlamento vasco en la ley en la que se regulaban las relaciones de pareja con independencia de la identidad sexual. La ley de la Comunidad Autónoma vasca, de la misma manera que la ley foral de Navarra o la ley andaluza, contempla la posibilidad de adopción y fue objeto de votación conjunta por los parlamentarios que representaban a la coalición Partido Nacionalista Vasco-EA, que gobernaba en ese momento.
Además, creemos que es necesario introducir alguna variable en los elementos cuando se hace referencia a las posibilidades de adopción y a la necesidad de distinción de roles -el rol de padre y el de madre- en las relaciones de pareja como un bien a defender en interés del menor.
Nos parece que los roles de padre que trabaja y madre que cuida han ido variando en la sociedad, resultando muy distantes de la realidad. Las madres no solo cuidan, sino que también trabajan y cada vez se equiparan más en cuanto a la realización de tareas -no digo que sean iguales, sino que se equiparan- que tradicionalmente se habían vinculado a la figura paterna y, de la misma manera, hoy hemos hecho en esta Cámara un avance, que no digo que sea importante para la humanidad, pero sí que tiene su interés, en el momento en que hemos introducido como obligación del cónyuge padre en la pareja la de cuidar y atender no solamente a las tareas del hogar, sino también a la atención de ascendientes y descendientes. Nos parece que la sociedad ha evolucionado, que los roles sociales ya no son los que eran y que no existen impedimentos serios para entender que la adopción por parejas del mismo sexo vaya a tener connotaciones distintas o perjudiciales para los menores que las que se evidenciaban en tiempos pretéritos, cuando esta separación de papeles era tan radical o tan distante.
Hay un último aspecto al que me gustaría referirme tras felicitar a los colectivos de personas que han venido a seguirnos desde la tribuna, para las que es un avance sustancial el que se vaya a producir el debate y votación de este texto, avance que también lo es para la formación política a la que represento y por eso quiero dirigirme a ellas, congratularme con ellas de que finalmente, en el paso por esta Cámara, esto vaya a ser objeto de aprobación porque, aunque queda todavía el paso por el Senado, las mayorías hoy existentes permiten pensar que en un tiempo no muy lejano será objeto de posible lectura, ya como texto vigente, en el Boletín Oficial del Estado. Decía que quiero hacer una última mención a una enmienda que sostiene mi grupo y que me permite hacer algún reproche al Gobierno y al grupo mayoritario. Se trata de la enmienda número 11, la referida a los títulos competenciales que se utilizan por el Estado a la hora de regular. Creíamos citar el tenor literal del artículo 149.1.8 de la Constitución cuando decíamos que le corresponde al Estado, a la hora de abordar esta materia, tal y como literalmente señalamos en nuestra enmienda, la competencia exclusiva para legislar en materia civil, reconocida en el artículo 149.1.8, sin perjuicio de la conservación, modificación y desarrollo por las comunidades autónomas de los derechos civiles, forales o especiales allí donde existan. La transacción que se nos ofrecía a nosotros y al Grupo de Esquerra Republicana de Catalunya añade después un factor que a nosotros nos parece restrictivo, señalando: … allí donde existan y de las normas aprobadas por estas en desarrollo de sus competencias en derecho civil.
Con ello se quiere sustituir lo que era el tenor literal de la enmienda del Grupo Vasco, que añadía: y de la normativa emanada, en el ámbito de sus competencias, con respecto a las reglas referidas, a las relaciones jurídico-civiles referidas a las formas de matrimonio y ordenación de los registros e instrumentos públicos.
Señorías, donde mi grupo pretendía introducir elementos de certeza, salvaguardando lo que ya está legislado en las leyes de uniones civiles por las distintas comunidades autónomas y permitiendo además la actualización de los derechos civiles y forales, el Gobierno nos ha ofrecido un factor de ambigüedad que parece querer pensar que el derecho civil o la posible actualización de derechos civiles propios está ya anquilosado en lo que son las normas vigentes y que quizá, si o no, en la actualidad. Nosotros, insisto, pretendíamos introducir un elemento de certeza y seguridad y por parte del Gobierno, por parte del grupo mayoritario, se nos ofrece un espacio nuevo para la ambigüedad que nos parece que es a la baja, si se me permite utilizar la expresión, en referencia a las posibilidades de desarrollos ulteriores del derecho civil propio por las comunidades autónomas. Es curioso, señorías, que además sea este punto, este único punto, en lo que estén absolutamente de acuerdo el Grupo Socialista y el Grupo Popular, cuando en el resto del texto de la norma es conocido por todos que sus posturas son absolutamente antitéticas. Una vez más tenemos que decir que cuando se trata de la salvaguarda de las competencias propias, del no reconocimiento de competencias a las comunidades autónomas, el partido en el poder y su alternancia siempre cierran filas, en demérito de lo que es querido por el resto de las formaciones políticas. Seguiremos sosteniendo en el Senado que nos gusta más la fórmula que nosotros pretendemos. Quizá tengamos allí éxito, puesto que los grupos nacionalistas de la Cámara dieron ya la aceptación, como mejor texto que el que el Gobierno ofertaba, al ofrecido por el Grupo Vasco. No obstante, mi grupo, con las diferencias que he señalado, votará mayoritariamente a favor del texto del dictamen de la Comisión que hoy se somete al refrendo de este Pleno.
Muchas gracias.
El señor PRESIDENTE: Gracias a usted, señora Uría.
Por el Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana de Catalunya, señor Cerdá.
El señor CERDÁ ARGENT: Señor presidente, señorías. La equiparación de los derechos de matrimonio y adopción son el único acto de desagravio histórico a los homosexuales por la persecución sufrida durante la Guerra Civil, la II Guerra Mundial y la dictadura franquista que hoy y aquí nosotros podemos ofrecer. El resto nos parecen balones fuera. Como digo este es un acto de compensación histórica que hoy y aquí tenemos la obligación y la valentía de llevar a cabo. Por ello es conveniente realizar un repaso, aunque breve, a la historia. La persecución viene de muy lejos. El término homosexualidad fue acuñado en el siglo XIX con la finalidad de dignificar la condición de los homosexuales en el Código Civil prusiano que la condenaba. Los primeros movimientos homosexuales se extendieron en los años veinte del pasado siglo, con miles de asociados en Alemania, Francia, Gran Bretaña y Estados Unidos, al amparo de los primeros partidos socialistas. Buena parte de los integrantes de estos movimientos homosexuales acabaron en los campos de concentración de Siberia, perseguidos por el nazismo y por el stalinismo. La posguerra, la guerra fría, la cruzada moral que vivió Occidente en los años cincuenta y sesenta condenó a los gays y lesbianas a la clandestinidad. Unos años más tarde, durante las revueltas del año sesenta y ocho, se abrieron nuevas posibilidades, surgiendo el movimiento moderno de gays y lesbianas, fruto de esta lucha, la lucha de gays y lesbianas; ellos y ellas, solos, se mostraban por las calles de todas las ciudades con normalidad ante el resto de la sociedad. Una lucha en solitario que con el tiempo ha encontrado y encontrará alianzas y complicidades. Será -fíjense ustedes qué tarde- a principios de los años noventa cuando la Organización Mundial de la Salud elimina la homosexualidad de la lista de enfermedades psicológicas y psiquiátricas, muy tarde nos parece.
Como vemos, después de este pequeño repaso histórico, a la lucha en solitario del movimiento de gays y lesbianas, la equiparación legal nos parece aquí y ahora obligada. Es obligada a partir de fundamentos científicos, éticos y sociales. La obligada equiparación legal obedece a la evolución habida en las estructuras sociales y familiares. No estamos abriendo una puerta al futuro, sino que estamos reconociendo un presente que encarecidamente llama a nuestras puertas para pedirnos una vida digna, una vida normal, si por normal entendemos que sea reconocida públicamente. Y como público que somos, tenemos la obligación ética de ofrecer y legislar aquello que socialmente ya se ha ganado. La negación de estos derechos obedece a la involución y a la negación de los pasos emprendidos por nuestra sociedad de una manera tranquila y reposada. La persistencia en negar derechos fundamentales se hace y se basa en principios arcaicos de sociedades preindustriales y basándose en fundamentos más míticos que científicos que, efectivamente, son peligrosos para la buena convivencia en nuestras sociedades abiertas, dialogantes y democráticas. Queremos rechazar las continuas declaraciones de marcado signo homófobo de representantes de la Iglesia católica y otros colectivos reaccionarios, contrarios y que atacan a la homosexualidad y a la ley que hoy, sin ninguna duda, aprobaremos, que reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo y la adopción por parte de estas uniones. Porque toda persona tiene derecho a formar una familia, tal y como establece la Carta Europea de Derechos Humanos.
Como dijo la consellera de Bienestar en el Parlament de Catalunya, Ana Simó, al defender ante la Iglesia la ley de adopción aprobada por el Parlament de Catalunya, cada uno ha de dedicarse a lo que le corresponde, y a los partidos políticos y a los gobiernos es a quienes nos corresponde hacer política y legislar para toda la población sin discriminaciones por aquello que entendemos que es mejor para el conjunto de la sociedad.
El Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana presentó una proposición de ley, fruto de nuestro trabajo, que incluye aspectos que otras formaciones no tienen claro. Sin ninguna duda, los grandes beneficiarios de la ley serán los gays y lesbianas, pero también los niños, que podrán contar con más protección, puesto que se protege en mayor medida los derechos de los niños al tener una familia, derecho reconocido por todas las convenciones internacionales sobre niños y que sin esta ley quedaba incompleto para muchos de ellos. Tanto la ley de adopción del Parlament de Catalunya, como la ley estatal de matrimonio que hoy aprobaremos en esta Cámara, recogen la adopción y la adopción internacional, temas que Esquerra Republicana siempre ha defendido. Celebramos, por tanto, la incorporación, aunque parcial, de las enmiendas de nuestro grupo al dictamen, aunque la enmienda transaccional incorporada desnaturaliza en buena parte el sentido de la enmienda original, puesto que Esquerra considera que es necesario introducir en esta ley elementos de mejora con la finalidad de que se tenga en cuenta la realidad y diversidad de los colectivos a los cuales se dirige. Así, las reformas contempladas sobre el derecho a la filiación compartida por parte de las personas del mismo sexo se concentra en el derecho de adopción, ignorando el hecho de que la mayoría de las lesbianas pueden concebir hijos y quieren compartir la filiación con su pareja. Entendemos que la solución pasaba por la enmienda de nuestro grupo a la reforma de la Ley de 8 de junio de 1957 sobre Registro Civil, en la que se proponía que la filiación paterna o comaterna conste en la inscripción de nacimiento a su margen o referencia a la inscripción de matrimonio de los progenitores, o por inscripción de reconocimiento. Asimismo, especificábamos en la enmienda al artículo 46 de la Ley de Registro Civil que dicho reconocimiento pudiera ser realizado por un hombre o por una mujer. Es una reivindicación del colectivo de lesbianas.
La introducción parcial de la enmienda es una reforma un tanto descafeinada, pero consideramos que supone un pequeño paso. El hecho de que en el citado artículo 48 se haya introducido la referencia a la filiación materna con la expresión: la filiación paterna o materna constará en la inscripción, es una modificación jurídica muy importante que satisface parcialmente nuestras aspiraciones. Consideramos que la ley que hoy se aprobará en esta Cámara, así como la ley catalana de adopción, se encaminan a una progresiva igualdad entre todas las personas, independientemente de su orientación sexual, partiendo de la premisa de que gays, lesbianas, transexuales y bisexuales continúan sufriendo situaciones de marginación y exclusión social que deben erradicarse de base para poder hacerlo factible.
Manifestamos nuestro apoyo a esta ley y a la adopción por parte de personas del mismo sexo, pero instamos también a continuar promoviendo iniciativas legales por la igualdad de todas las personas y a iniciar medidas contra la homofobia y las actitudes discriminatorias. Y sólo puedo decir una cosa más. Nuestra responsabilidad de legislar se satisface mucho más cuando se sabe que con las decisiones tomadas vamos a hacer felices a mucha gente. Disfrutad de esa felicidad.
Muchas gracias. (Aplausos.)
El señor PRESIDENTE: Gracias, señor Cerdà.
Grupo Parlamentario Catalán (Convergència i Unió), señora Pigem.
La señora PIGEM I PALMÉS: Muchas gracias, señor presidente.
Tomo la palabra para fijar la posición de los diputados y la diputada de Convergència Democràtica de Catalunya con respecto al dictamen que estamos debatiendo, un turno que compartiré con mi compañero Josep María Guinart, quien indicará la posición de los diputados de Unió puesto que, como es conocido, sobre esta materia hay un posicionamiento distinto entre Unió y Convergència. No obstante, me gustaría señalar la amplia coincidencia y el largo camino recorrido que Convergència i Unió ha realizado de la mano y conjuntamente en la remoción de los obstáculos en los que se fundamentaba la histórica discriminación de las personas homosexuales. Quiero traer a colación no solo la Ley de parejas de hecho, aprobada en el Parlament de Catalunya en 1998 y que fue pionera en el conjunto del Estado y en la Europa latina, sino también las numerosas enmiendas introducidas con este objetivo de equiparación en cuantos ordenamientos se han ido modificando, como la Ley de Arrendamientos Urbanos o el Código Penal y que, indudablemente, han supuesto también un avance en el reconocimiento y en la normalización jurídica de las parejas homosexuales.
Convergència i Unió, también de manera conjunta, no solo condena y reprueba la homofobia y ratifica su compromiso de combatirla en todas sus manifestaciones, sino que comparte buena parte de las argumentaciones que aquí se han dado, especialmente aquellas que se refieren al gran cambio social que con la consolidación de los principios democráticos se ha ido produciendo en este ámbito, especialmente gracias a las justas reivindicaciones de los colectivos de gays y lesbianas a cuyos representantes, que hoy nos acompañan en la tribuna de invitados, queremos saludar; reivindicaciones en defensa de la plena equiparación de derechos de las personas, con independencia de su orientación sexual.
Gracias, también, al impulso de las asociaciones de padres y madres de gays y lesbianas que vienen demandando que se derriben los obstáculos que dificultan la felicidad de sus hijos e hijas en la medida en que limitan la plenitud del libre desarrollo de su personalidad. Pero es indudable que la iniciativa que ahora estamos viendo va más allá y propone la modificación del Código Civil para que las parejas del mismo sexo puedan casarse y de esta manera obtener el reconocimiento jurídico y legal de los matrimonios con todas sus obligaciones y todos sus efectos en un plano de igualdad con las parejas heterosexuales y a través de la misma institución, es decir, a través del matrimonio. Frente a esto, señorías, hay, tanto en la sociedad como en nuestro grupo parlamentario, opiniones plurales, posiciones diversas, todas ellas, a nuestro juicio, igualmente merecedoras de respeto.
Unió fijará su posición a través de su portavoz, Josep María Guinart, pero también en el seno de Convergència hay una diversidad de opiniones que asumimos como una riqueza digna de respeto y que no tiene que reconducirse a una disciplina de voto porque está íntimamente ligada a valores y a creencias personales, eso sí, partiendo de una común posición aprobada en el reciente congreso de Convergència Democrática de Catalunya en el sentido de la necesidad de remover los obstáculos que impiden la efectiva igualdad de las personas homosexuales. Una posición y una necesidad que para alguno de nosotros implica el posibilitar a las personas homosexuales el acceso a una institución de derecho civil, como es el matrimonio, y a la protección que esta institución otorga, considerando como consideramos que dicho acceso no menoscaba ni daña los derechos de nadie, sino que, por el contrario, expande los beneficios de una institución laica y dinámica a todo un conjunto de ciudadanos y ciudadanas que la tiene hoy vedada. Pensamos que a ello nos lleva también la defensa de la familia, convencidos de que una concepción moderna y realista de la familia como núcleo vertebrador de la sociedad, como espacio de solidaridad y afecto y como espacio de socialización y educación de los hijos, no se les puede negar a las personas homosexuales.
Finalmente, lo hacemos también en defensa de los hijos de las familias monoparentales, unas familias que desde hace tiempo, bien por adopción individual o bien por filiación biológica natural o asistida, son una realidad en nuestra sociedad. La posibilidad de acceso al matrimonio, por un lado, y la posibilidad de coadopción o adopción conjunta, de otro, evitará que se prive a los hijos de las parejas del mismo sexo de las ventajas que se derivan de la seguridad de una estructura familiar estable y redundará en una mejor protección de los hijos porque extenderá las obligaciones y deberes para con los hijos a los dos miembros de la pareja que ya les quiere y les cuida. Hemos de pensar, finalmente, que en el caso de la adopción no estamos hablando de un derecho a adoptar, que nadie, ni homosexuales ni heterosexuales, tenemos, sino únicamente de que a los homosexuales no les esté prohibido solicitarlo como pareja porque, insisto, individualmente no les está vedado. Todo ello con independencia de que luego se deberá acreditar, al igual que en el caso de las parejas heterosexuales, idoneidad para ello. Pero he dicho que en nuestro grupo como en la sociedad hay posiciones plurales, quizá pueda haber alguien que se identifique con una negativa al proyecto, quien piense que es adecuado en su contenido, pero no en su nombre jurídico, en su denominación, identificándose con el propio informe del Consejo de Estado, y también con alguna de las enmiendas presentadas por algún otro grupo parlamentario; o quien piense que el proyecto es adecuado pero que puede ser discutible en lo relacionado con la adopción, posiciones plurales que respetamos profundamente. Por ello, reiteramos nuestra libertad de voto, eso sí, desde la común convicción que todos tenemos desde Convergència Democrática de Catalunya de la idéntica dignidad de todas las personas con independencia de su orientación sexual.
Muchas gracias.